ASESORÍA URBANÍSTICA
El Colegio dispone de una asesoría especializada en temas urbanísticos y de licencias, servicio que se presta por los abogados del Colegio, asistidos en los supuestos concretos y consultas específicas o complejas por especialistas en la materia, tanto a través del despacho externo Columba IUS, como de la colaboración puntual de otros reconocidos urbanistas.
El 27 de noviembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), la aprobación definitiva del expediente 135/2021/00796, relativo a la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 17 de abril de 1997.
El 23 de febrero de 2024 se publicó en el BOCM el Acuerdo de 29 de enero de 2024 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprobó la rectificación de los errores materiales, de hecho y aritméticos, detectados en la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación de Madrid de 1997.
El Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad ha concluido los trabajos de actualización del Compendio de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, desde la fecha de su aprobación definitiva hasta el 23 de febrero de 2024.
La MPG, que afecta a una parte importante del texto normativo, supone su actualización y adaptación a los cambios producidos desde su entrada en vigor en 1997, tanto sociales y económicos, como legislativos y tecnológicos, así como su clarificación, simplificación y mejora basada en la experiencia de su aplicación práctica.
La modificación se lleva a cabo en torno a cuatro grandes apartados de materias:
- Adaptación de las normas urbanísticas a la norma sectorial, esto es, a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación; al Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación; a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; y al Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Regulación de la intervención municipal en la edificación y el uso del suelo, que se centra en aspectos como el destino transitorio de los solares; el régimen de licencias y declaraciones responsables urbanísticas; el régimen urbanístico del suelo; los parámetros y condiciones generales de la edificación y sus relaciones con el entorno; el régimen urbanístico de los usos del suelo y las condiciones particulares de suelo urbano.
- Protección del patrimonio y adaptación a la normativa específica, con el principal objetivo de simplificar y reorganizar la normativa de protección e intervención sobre el patrimonio: espacios naturales, elementos arquitectónicos especiales, parques históricos, jardines de interés, arbolado singular y cementerios históricos.
- Protección del medio ambiente urbano, para adaptar su contenido a la normativa medioambiental de ámbito municipal y supramunicipal.
La modificación afecta a un total de 311 artículos de las NNUU (267 artículos modificados, 12 nuevos artículos incorporados y 32 artículos suprimidos) y su alcance es la totalidad del término municipal de Madrid.
Por otro lado, al igual que en años precedentes, el Colegio ha seguido manteniendo importantes relaciones con administraciones urbanísticas competentes en nuestro ámbito territorial, las asociaciones de empresarios (CEIM, ASPRIMA), y el resto de los colegios profesionales del sector, trabajando de forma conjunta para mejorar el urbanismo como función al servicio de la sociedad.
En esta materia el Colegio tiene la ventaja de poder consultar con los técnicos de la Entidad Colaboradora de Licencias del Colegio (STTMadrid), quienes nos aportan su opinión cualificada y muy cercana al día a día de la tramitación de licencias urbanísticas para ayudar a que esta asesoría sea eficiente y técnicamente irreprochable.
Se mantiene el incremento de las consultas relacionadas con los cambios de usos de local a vivienda, que viene siendo la tónica en los últimos años como consecuencia del elevado precio del residencial y del cierre del pequeño comercio ante el crecimiento de las ventas on line.
Además de atender las consultas de los colegiados, este servicio tiene otra misión fundamental que es la defensa de los intereses colectivos de la profesión, un trabajo que se traduce en la redacción de informes, alegatos y sugerencias en la tramitación de la normativa que afecta al sector. En este ámbito se han formulado alegaciones a las ordenanzas de aquellos municipios que siguen recogiendo la competencia exclusiva de los arquitectos para los proyectos de cambio de uso de local a vivienda. En concreto, en mayo de 2023 se nos comunicó la Sentencia 411/2022 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 30 de Madrid por la que se declara nulo el apartado “VIII.8.2.1.3. Criterios para considerar admisible el cambio de uso de local comercial en planta baja a vivienda. (…) en cuanto al requisito de incorporación a la solicitud de licencia de un proyecto de arquitecto visado, reconociendo la competencia de nuestros técnicos para este tipo de proyectos.
Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid
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